El Gobierno ha aprobado este martes en segunda vuelta el anteproyecto de ley contra la violencia vicaria, una norma pionera en Europa que establece la suspensión automática de la patria potestad a los maltratadores condenados por delitos de género o violencia vicaria sobre la mujer o los hijos. La ministra de Igualdad, Ana Redondo, ha subrayado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que «un maltratador nunca puede ser un buen padre», y ha defendido que la medida solo permitirá recuperar la patria potestad si se produce una cancelación completa de los antecedentes penales.
La ley define jurídicamente la violencia vicaria como aquella que, con el objetivo de causar dolor o sufrimiento a las mujeres, se ejerce por parejas o exparejas contra hijos e hijas u otras personas con un vínculo afectivo. La norma incluye esta violencia en el Código Penal como una circunstancia agravante por razón de género, lo que permitirá aplicar una pena superior. «Es fundamental para avanzar hacia una sociedad libre de violencia de género y libre de violencia vicaria. Porque la violencia vicaria es violencia de género», ha apuntado Redondo, quien ha explicado que la finalidad del anteproyecto es «visibilizar, reconocer, prevenir, sancionar y erradicar la violencia vicaria».
Para lograr este objetivo, el texto modifica hasta diez normas: la Ley Orgánica de medidas de protección integral contra la violencia de género, el Código Penal, el Código Civil, la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor, la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la Ley de Enjuiciamiento Civil, la Ley del Registro Civil, el Estatuto de la víctima del delito, y el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Esta reforma integral busca abordar la violencia vicaria desde todos los ángulos posibles, desde la prevención hasta la sanción y la reparación de las víctimas.
Tras una primera versión aprobada en septiembre de 2025 y meses de negociaciones entre los ministerios de Igualdad, Juventud e Infancia y Justicia, el nuevo borrador incluye la obligación de los jueces de escuchar a los menores antes de decidir sobre su guarda y custodia. También se incorporan medidas de sensibilización, información y formación en la carrera judicial, entre otros aspectos. La ministra de Igualdad ha recordado que 68 menores han sido asesinados por violencia vicaria, tres de ellos en lo que va de 2026. «España da un paso muy importante en la protección de las víctimas de forma transversal e integral. Somos un referente europeo en medidas de igualdad y así evolucionamos hacia una mayor democracia», ha celebrado.
En el plano penal, el Gobierno ha modificado la estrategia inicial y ha optado por introducir una agravante de género específica en el artículo 22.4 del Código Penal. Además, se incluye una nueva pena que prohíbe publicar o difundir mensajes, textos, imágenes u otros contenidos que tengan relación directa con el delito cometido, una medida que recuerda el caso Bretón y el posterior libro escrito por Luisgé Martín sobre el caso, que obtuvo numerosas críticas. Esta prohibición busca evitar la revictimización de las familias y cortar cualquier vínculo con el agresor.
Por otra parte, el texto de la norma recoge la reforma del artículo 54 del Registro Civil, incorporando la posibilidad de que la madre de un hijo asesinado por violencia vicaria pueda solicitar la sustitución de apellidos del hijo fallecido y, en caso de existir, de los demás hijos comunes menores de edad. Esta medida pretende evitar su «revictimización» y «cortar cualquier vínculo» con el maltratador. En esta línea, también se incluyen modificaciones en la Ley General de la Seguridad Social en sus artículos 71.1, 231 y 232.1 para garantizar que una persona no pueda generar el derecho a las prestaciones de muerte y supervivencia cuando haya cometido un delito doloso de homicidio, si la víctima es la persona causante de esas prestaciones.
La iniciativa, que modifica hasta diez leyes españolas, articula medidas de prevención, atención y reparación de las víctimas de este tipo de violencia machista, que se ejerce contra alguien cercano a la mujer para hacerle el mayor daño posible. Contempla, para ello, un refuerzo de la formación de jueces y magistrados, límites a los regímenes de custodia y la prohibición de publicar o difundir contenido relacionado con el delito cometido. La ley ofrece, por primera vez, una definición jurídica de la violencia vicaria, modificando el artículo 1.4 de la ley de violencia de género, y la describe como aquella violencia que, «con el objetivo de causar dolor o sufrimiento a las mujeres», puede ejercerse sobre menores, mayores de edad con alguna discapacidad, otros descendientes (como los nietos), ascendientes (como los padres), hermanos y otras personas con vínculo afectivo.
Con esta aprobación, el Gobierno envía el anteproyecto al Congreso de los Diputados para su tramitación parlamentaria, donde se espera que la norma reciba el apoyo de la mayoría de los grupos políticos. La ministra Redondo ha insistido en que España se consolida como un referente europeo en la lucha contra la violencia de género, y ha destacado que esta ley es un paso más hacia una sociedad más igualitaria y libre de violencia.