Wireva

Cuatro vocales de la JEC exigen actuar contra el incremento del censo por la 'ley de nietos'

Cuatro vocales de la Junta Electoral Central han emitido un voto particular en el que sostienen que el órgano es competente para frenar el aumento del censo electoral derivado de la aplicación de la 'ley de nietos', al que califican de 'formidable e irreversible'.

Este artículo se ha producido con ayuda de IA bajo la responsabilidad editorial de Haydamax OU.

Cuatro de los trece vocales de la Junta Electoral Central (JEC) han emitido un voto particular contra el acuerdo adoptado este jueves sobre la aplicación de la llamada 'ley de nietos', en el que sostienen que el órgano sí es competente para poner fin a un incremento del censo electoral que consideran «formidable e irreversible» y que, a su juicio, contraviene la normativa vigente. En su escrito, los vocales advierten de que la inacción de la JEC por una «presunta falta de competencia» generará efectos «irreversibles» de cara a futuros procesos electorales.

El voto particular ha sido formulado por el vocal Carlos Vidal Prado y cuenta con la adhesión de Vicente Magro Servet, Fernando Marín Castán y Javier Tajadura Tejada. Los cuatro firmantes defienden que la JEC no solo tiene la facultad, sino también la obligación de impedir que se amplíe el censo «contra legem». La JEC, por mayoría, había solicitado este jueves a la Oficina del Censo Electoral un informe completo sobre la aplicación de la 'ley de nietos' y señaló que no podía acordar la no admisión del voto por correo desde el exterior porque excedía sus competencias.

La 'ley de nietos', incluida en la Ley de Memoria Democrática, permite a hijos y nietos de españoles de origen optar a la nacionalidad española. Sin embargo, los vocales disidentes sostienen que el incremento «irregular» del censo no se debe directamente a la ley, sino a una instrucción emitida el 25 de octubre de 2022 por la Dirección General de la Administración General del Estado. Según su argumentación, dicha instrucción no es una disposición general y, por tanto, no puede alterar el régimen probatorio fijado por la ley. La Ley de Memoria Democrática habilita al Gobierno para su desarrollo, no a un director general, subrayan.

Los cuatro vocales defienden que la JEC debería haber ordenado a la Oficina del Censo Electoral que enviase una instrucción a consulados, ayuntamientos y encargados del Registro Civil para que solo se tramiten las altas censales cuando el optante haya probado la causa del exilio exigida por la Ley de Memoria Democrática. Consideran que no tendría validez cuando esa causa «se haya meramente presumido al amparo» de la instrucción o «cuando ni siquiera se haya acreditado causa alguna, siguiendo la interpretación extensiva» de la misma, ampliándolo a personas que fuesen descendientes de quien «originariamente hubiera sido español», cualquiera que fuese la causa de la pérdida de la nacionalidad o de la salida.

Para estos cuatro vocales, no parece de recibo el argumento de que «aún estando de acuerdo en que la instrucción no respeta los límites establecidos por la Ley, la Junta Electoral no puede intervenir», pues se trata de la «cúspide de la administración electoral». Agregan que, aunque se trate de una disposición no directamente electoral, su aplicación tiene unos «evidentes efectos en un instrumento esencial para la celebración de las elecciones, como es el censo electoral».

El voto particular recuerda que la disposición de la Ley de Memoria Democrática establece como requisito necesario haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas, de creencia o de orientación e identidad sexual para obtener la nacionalidad española. «La conclusión final es que tanto los nacidos fuera de España de padres o abuelos originariamente españoles, como los nacidos fuera de España de padres o abuelos que por el exilio perdieron la nacionalidad española o renunciaron a ella, podrán ejercitar la opción prevista en este párrafo», señala la instrucción.

El Partido Popular ha reclamado no incorporar más nacionalizados al censo hasta resolver las aclaraciones formuladas por la Junta Electoral, que pide a la Oficina del Censo Electoral más información sobre los procedimientos en los consulados. La polémica se enmarca en un contexto de tensión política ante las próximas elecciones generales, con el PP temiendo una posible manipulación del censo exterior. Según datos recientes, se han registrado 2,4 millones de solicitudes de nacionalidad bajo esta vía, lo que ha generado un intenso debate sobre el impacto electoral de la medida. Moncloa defiende que no hay interés electoral en la aplicación de la ley.

Same event, other desks

Story file →