El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJ) ha emitido una sentencia que respalda la decisión del Ayuntamiento de Valladolid de limitar tanto la extensión como las restricciones de tráfico de su Zona de Bajas Emisiones (ZBE), en un fallo que supone un revés para la organización Ecologistas en Acción. La sentencia, fechada el 29 de junio y dada a conocer este viernes, rechaza el recurso presentado por el colectivo ecologista y avala el derecho del consistorio a aplicar criterios de proporcionalidad y menor restricción en la ordenanza municipal.
El tribunal argumenta que, dada la naturaleza restrictiva que una ZBE impone sobre el derecho a la movilidad y la libertad de circulación, no se puede despreciar de manera absoluta el principio de proporcionalidad que debe informar la actuación de las administraciones públicas. La sentencia cita la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público para sostener que las restricciones no deben ir más allá de lo necesario para alcanzar el objetivo perseguido, que en este caso es la mejora de la calidad del aire y la mitigación del cambio climático.
El origen del conflicto se remonta a la decisión del actual gobierno municipal, formado por PP y VOX tras las elecciones de 2023, de reducir significativamente el proyecto de ZBE que había iniciado la anterior corporación socialista, liderada por el ahora ministro de Transportes, Óscar Puente. El proyecto original, aprobado inicialmente en diciembre de 2022, contemplaba una zona de 3,1 kilómetros cuadrados con un perímetro de 7,70 kilómetros. Sin embargo, la nueva corporación ordenó en noviembre de 2023 la elaboración de un nuevo expediente, argumentando la necesidad de adaptarse al Real Decreto del Gobierno del 27 de diciembre de 2022, que establecía condiciones nuevas no contempladas en la ordenanza anterior.
El resultado fue una ZBE que ocupa una superficie de 1,1 kilómetros cuadrados, aproximadamente una tercera parte de la idea original, y un perímetro de 4,70 kilómetros, un 40% menos. Ecologistas en Acción consideró que estos cambios suponían una regresión medioambiental que requería autorización de la Junta de Castilla y León, según la legislación estatal. No obstante, el TSJ entiende que no se puede hablar de retroceso, ya que la primera ordenanza nunca llegó a entrar en vigor de forma efectiva, por lo que no se ha reducido una protección existente.
El tribunal también valida la totalidad de las exenciones a las restricciones de acceso, circulación y estacionamiento acordadas por el Ayuntamiento. Entre ellas, se incluye la autorización de acceso a vehículos de profesionales que presten servicios o realicen entregas y recogidas de suministros en la zona, como la entrega de medicamentos a centros sanitarios y oficinas de farmacia, así como el acompañamiento escolar a menores de 16 años. La sentencia considera que una ZBE requiere una implantación progresiva y que el calendario propuesto por el consistorio es congruente con los objetivos de la Unión Europea para 2030.
La organización Ecologistas en Acción ha reaccionado con dureza al fallo, calificándolo de «varapalo» y anunciando que estudia recurrirlo en casación ante el Tribunal Supremo. En un comunicado, la entidad sostiene que el TSJ «supedita la salud al derecho a circular en automóvil a motor», contraponiendo los derechos a la salud y a un medio ambiente adecuado, reconocidos en la Constitución Española, a un «ilusorio e inexistente derecho a circular por la ciudad en vehículos con motor de explosión». Sin embargo, el tribunal insiste en que también deben considerarse los derechos económicos de las personas, igualmente reconocidos en la Carta Magna.
La sentencia subraya que el hecho de que la ordenanza trate de restringir en la menor medida posible el derecho a la movilidad y respete el principio de libertad económica no implica que su finalidad no sea la de mejorar la calidad del aire y mitigar el cambio climático, como sostenía la organización ecologista. El fallo, que ha generado un intenso debate, sienta un precedente en la aplicación de las Zonas de Bajas Emisiones en España, al equilibrar los objetivos medioambientales con los derechos individuales y la actividad económica.