Un tribunal de Bruselas ha revocado la orden que autorizaba a Blasket Investment a embargar hasta 840 millones de euros en pagos que Eurocontrol debía transferir a Enaire por el control del espacio aéreo. La sentencia, notificada la semana pasada, anula el auto dictado en julio de 2025 por un tribunal de primera instancia belga y ordena la liberación de los 75.759.538,18 euros que el Gobierno español consignó en mayo para poder recurrir el embargo.
El fallo supone una victoria para España en el frente judicial que mantiene abierto con los fondos internacionales que reclaman más de 1.000 millones de euros por la eliminación, en la década pasada, de las primas a las renovables y por la creación del llamado «impuesto al sol», que limitó la rentabilidad de los proyectos fotovoltaicos. Blasket Investment, el fondo estadounidense que agrupa buena parte de esas reclamaciones, había conseguido que la justicia belga autorizara el embargo de los pagos de Eurocontrol a Enaire como fórmula para cobrar los laudos que condenan a España en las cortes internacionales de diferencias comerciales.
La sentencia declara que el embargo de terceros solicitado por Blasket contra el Reino de España y en poder de Eurocontrol «se impuso ilegalmente» y ordena la liberación de los fondos depositados ante el alguacil Piet De Smet el 4 de mayo de 2026, junto con los intereses devengados. Esa consignación fue interpretada por fuentes jurídicas del fondo como un adelanto del pago que España asumía deber, mientras que el Ministerio para la Transición Ecológica la explicó como un paso necesario para poder apelar la decisión de embargar, un recurso que finalmente ha prosperado.
El tribunal condena además a Blasket al pago de las costas del procedimiento y respalda el argumento que España ha empleado hasta ahora para no pagar los laudos: la supresión retroactiva de las primas a las renovables en 2013 podría constituir una ayuda de Estado ilegal, y corresponde exclusivamente a la Comisión Europea determinar si existe esa ayuda incompatible. La investigación comunitaria sobre el caso está abierta desde 2020.
«No se acepta el argumento de Blasket de que esto no constituye una ayuda estatal», señala la sentencia, que añade que, a la vista de la notificación del laudo arbitral y a la espera de una decisión definitiva de la Comisión Europea, «no podrá llevarse a cabo en Bélgica ninguna ejecución para el cobro de la deuda contraída por España». El fallo concluye que el juez de embargos no podía conceder autorización para embargar los activos de terceros en poder de Eurocontrol en relación con la indemnización por daños y perjuicios concedida y las costas derivadas de una infracción del Derecho de la Unión.
El litigio se remonta a 2013, cuando el Gobierno de Mariano Rajoy modificó el esquema de incentivos a las energías renovables y redujo las primas a esta fuente de energía en un 40%. La firma de inversión RREEF inició entonces un arbitraje en el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), dependiente del Banco Mundial, que en 2019 condenó a España a indemnizar a la firma con 59,6 millones de euros más intereses. España recurrió la decisión y Blasket adquirió después el litigio, obteniendo en junio de 2025 una autorización judicial en Bélgica para embargar fondos adeudados a España por Eurocontrol correspondientes a tasas de navegación aérea que debían pagarse a Enaire.
Para evitar la parálisis de las tasas cobradas por Eurocontrol, España consignó judicialmente los 76 millones en mayo de 2026 y levantó de forma provisional el embargo mientras se resolvía la oposición judicial. La resolución conocida ahora confirma la primacía del Derecho de la Unión y deja en manos de Bruselas la decisión de fondo sobre la legalidad de las ayudas, lo que despeja por el momento la vía ejecutiva contra los pagos que Eurocontrol debe transferir al ente público de control aéreo.