Iustitia Europa ha solicitado al Tribunal Supremo que garantice que los nacionalizados al amparo de la Ley de Nietos que no hayan acreditado debidamente su condición de descendientes de exiliados no puedan votar en las elecciones generales del próximo 29 de noviembre. La formación argumenta que el voto de estas personas se encuentra suspendido cautelarmente por un auto del propio tribunal dictado el pasado 8 de septiembre, y advierte de que la convocatoria anticipada de los comicios podría dejar sin efecto esa resolución si no se adoptan las medidas de ejecución necesarias.
En un escrito dirigido a la Sala de lo Contencioso-Administrativo, el partido recuerda que el censo de referencia para las generales es el cerrado a 1 de agosto de 2026, tal y como establece el artículo 39.1 de la Ley Electoral (LOREG), que fija que el censo vigente será el cerrado el día primero del segundo mes anterior a la convocatoria. Al haber sido convocadas anticipadamente por Pedro Sánchez este lunes, en octubre, el censo aplicable es el del primer día de agosto, una fecha anterior al auto del Supremo que suspendió cautelarmente el voto de los nacionalizados por la Ley de Nietos.
Iustitia Europa sostiene que entre las inscripciones incorporadas al censo electoral vigente pueden encontrarse personas comprendidas en el ámbito subjetivo respecto del cual la Sala acordó la suspensión de efectos electorales. Por ello, exige al Supremo que determine, dentro del censo cerrado a 1 de agosto, qué inscripciones se encuentran sujetas a esa suspensión y cuáles quedan comprendidas en la excepción prevista en el auto, que no paralizó el voto de aquellos nacionalizados que sí hayan acreditado debidamente su condición de exilio. La formación pide que se acuerden las actuaciones de ejecución y concreción necesarias para garantizar que la medida cautelar sea aplicada tal y como fue dictada.
Fuentes de la Junta Electoral Central confirman que el censo de referencia es efectivamente el del 1 de agosto, pero inciden en que el Supremo suspendió cautelarmente el voto de los ya inscritos, por lo que, a día de hoy, no podrían votar aunque figuren en el censo. No obstante, la JEC recuerda que el Alto Tribunal está estudiando el recurso de la Abogacía del Estado contra la suspensión del voto y que aún debe decidir si levanta o mantiene las cautelares adoptadas. A la espera de esa decisión, el presidente de Iustitia Europa, Luis María Pardo, ha afirmado que no van a permitir que la sorpresiva convocatoria electoral de Sánchez deje sin efecto una resolución del Tribunal Supremo.
El Supremo decidió suspender cautelarmente el voto de los nacionalizados mediante la Ley de Nietos al estimar una reclamación de Vox e Iustitia Europa. La Sala argumentó que el incremento extraordinario en el número de electores inscritos en el CERA, que además está en constante aumento, podía afectar a la transparencia del proceso electoral y a la confianza de la ciudadanía en sus resultados. En su auto, el Alto Tribunal instó a los registros consulares a revisar y certificar los expedientes de los nacionalizados por la Ley de Nietos para verificar cuáles acreditan la condición de descendientes de exiliados y cuáles no cumplen con ese requisito.
La tarea es ingente: hay más de 600.000 expedientes aprobados hasta el pasado 31 de agosto y más de la mitad, 370.000, ya están inscritos en el registro consular, según los últimos datos facilitados por el Gobierno. Con menos de dos meses de margen hasta las elecciones del 29 de noviembre, resulta muy complicado que los consulados dispongan de tiempo suficiente para analizar ese enorme volumen de expedientes. La Abogacía del Estado ya advirtió al Alto Tribunal de que resultaba materialmente imposible que los consulados pudieran revisar todos los expedientes, y calculó que serían 169.000 los nacionalizados por la Ley de Nietos que no habrían acreditado la condición de exiliado, ya que lograron la nacionalidad gracias a la instrucción dictada por Sofía Puente, hermana del ministro Óscar Puente, que presumía la condición de exiliado a todos los españoles que emigraron entre 1936 y 1955 sin necesidad de acreditarlo.
Con este panorama, la decisión que adopte el Supremo sobre las medidas cautelares y la concreción del censo determinará si los nacionalizados por la Ley de Nietos sin exilio acreditado pueden participar en los comicios del 29-N o si, por el contrario, su voto queda definitivamente suspendido.